El derecho de las mujeres a acceder, usar y poseer la tierra es inseparable de la justicia climática

La desigualdad de género en las zonas rurales afecta de manera desproporcionada a las mujeres, que aún se enfrentan a obstáculos para acceder a la tierra, usarla y poseerla.

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La desigualdad de género en las zonas rurales se refleja en los problemas relacionados con la tierra para la producción de alimentos, especialmente en los países del Sur Global.

Por Cândida Schaedler, investigadora de EmpoderaClima

Las mujeres tienen derecho a disfrutar, de manera equitativa, de todos sus derechos en relación con la tierra, incluyendo el derecho de acceso, uso, herencia, control y propiedad. Para lograr la plena igualdad de género, los Estados deben cumplir con su obligación de eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres, incluidas las relacionadas con la propiedad de la tierra, recomienda la ONU. Aunque 164 países reconocen este derecho para las mujeres, solo 52 lo garantizan en la práctica, como lo demuestra un estudio de la OCDE de 2019.

Por lo tanto, la desigualdad de género en el campo se refleja en los derechos de propiedad: las mujeres poseen menos del 15% de la tierra y menos del 2% de las propiedades en el Sur Global, según un estudio del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA). Actualmente, menos de una de cada cinco personas propietarias de tierras en el mundo son mujeres, aunque representan casi el 50% de la fuerza laboral agrícola y producen el 80% de los alimentos en los países del Sur Global.

En América Latina y el Caribe, el derecho de acceso y uso de la tierra se fundamenta en un sistema injusto, aún centrado en los hombres y el patriarcado, que refuerza un modo de producción basado en grandes propiedades y monocultivos. Un informe de Oxfam es contundente: cuanto mayor es la concentración de la tierra, mayores son las desigualdades sistémicas.

Primero, es importante definir algunos términos utilizados en este artículo:

  • Acceso a la tierra se refiere a la capacidad de usarla para el cultivo y la producción de alimentos. Esto se puede asegurarse mediante programas estatales que permitan a los agricultores familiares, campesinos, comunidades indígenas y comunidades quilombolas tener un lugar donde vivir y cultivar, ya sea para subsistencia o para la comercialización.

  • Uso de la tierra se refiere a las decisiones sobre los fines de esa propiedad. ¿Para qué se utilizará? ¿Cómo se cultivará y trabajará? ¿Qué se sembrará? 

  • La titularidad de la tierra consiste en asegurar legalmente el derecho de la mujer a ser propietaria de la tierra y a tenerla a su nombre, evitando así problemas legales en caso de fallecimiento de su pareja o esposo, por ejemplo, y previniendo los abusos de poder masculino y el mantenimiento de sistemas patriarcales.

Desde esta perspectiva, al hablar de justicia climática, ¿cómo se relaciona el acceso, el uso y la propiedad de la tierra por parte de las mujeres con la preservación del medio ambiente? ¿Y cómo podemos construir políticas de género transformadoras sobre este tema que profundicen realmente en la creación de sistemas alimentarios más justos y equitativos?

¿Por qué es importante hablar sobre el acceso, el uso y la propiedad de la tierra por parte de las mujeres?

En muchas regiones del mundo, las normas culturales dictan el control masculino en los ámbitos social y político, incluyendo los aspectos legales relacionados con la propiedad y el uso de la tierra, según la Coalición por la Tierra. El control predominantemente masculino sobre las propiedades donde se cultivan alimentos repercute también en la toma de decisiones relativas a esos espacios, ya sea en producciones destinadas a la subsistencia o a la comercialización.

En otras palabras, cuanto menor sea la propiedad legal de la tierra que tengan las mujeres, mayor será su vulnerabilidad financiera.

La garantía del derecho a la tierra para las mujeres suele estar relacionado con una mejora en los ingresos familiares, incluyendo un mayor poder de negociación en la comunidad y en el hogar, mejores índices de nutrición infantil y menores tasas de violencia de género.

Un estudio revela que, a pesar de ser responsables de la mayor parte de la producción de alimentos, las mujeres poseen menos del 15% de la tierra y menos del 2% de la propiedad en el Sur Global.

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¿Cómo pueden las políticas públicas reducir la desigualdad de género en las zonas rurales?

Existen diversas realidades en los países de América Latina y el Caribe. Cada país de la región es único en cuanto a ecosistemas, políticas e historia. Un estudio de la FAO revela que la proporción de mujeres propietarias de tierras en la región varía del 7,8 % en Guatemala al 30,8 % en Perú.

Según una investigación publicada por el IICA, la desigualdad de género en el acceso, la propiedad y el uso de la tierra tiene un origen histórico. La lógica patriarcal persiste en formas de herencia, prácticas tradicionales y políticas de tierras en América Latina y el Caribe. Las buenas prácticas de políticas públicas pueden contribuir a reducir esta desigualdad.

Por ejemplo, el informe del IICA muestra que, en Brasil, una normativa establecida en 2007 impuso la inclusión obligatoria de mujeres y hombres en el registro para acceder al Programa Nacional de Reforma Agraria. Así, el número de mujeres casadas o en uniones estables que poseían tierras aumentó del 23% al 72% entre 2003 y 2015, y del 13% al 24% en el caso de hogares encabezados por mujeres solteras. En Bolivia, las políticas públicas incrementaron el acceso de las mujeres a la tierra del 9% al 46% en 2014, según el mismo estudio.

Si bien existen diferencias regionales evidentes, con políticas públicas y programas comunitarios es posible que las mujeres tengan control sobre la tierra que utilizan para cultivar alimentos, creando sistemas alimentarios más justos, equitativos y verdaderamente sostenibles.

Los derechos de las mujeres van más allá de la propiedad de la tierra y crean sistemas alimentarios más sostenibles.

Los derechos equitativos de las mujeres en cuanto al acceso, uso y propiedad de la tierra están consagrados en instrumentos de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos. Además, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) reconocen los derechos de las mujeres a la tierra en tres áreas transversales que se alinean con la Agenda 2030: erradicación de la pobreza (ODS 1), fin del hambre (ODS 2) e igualdad de género (ODS 5).

En la práctica, para que esta garantía vaya más allá de los acuerdos verbales o los deseos compartidos regulados por instrumentos globales, las recomendaciones de política pública señalan la necesidad de ir más allá del reconocimiento de la propiedad de la tierra. Un documento de la ONU formula las siguientes recomendaciones a los Estados con respecto a la calidad, la legalidad y la aplicación efectiva, la participación y la exigibilidad de los derechos de las mujeres a la tierra:

  • Calidad significa que el alcance de los derechos a la tierra está definido e incluye todas las formas de tenencia ejercidas por mujeres y hombres, abarcando la propiedad, el acceso y el uso (por ejemplo, derecho de uso, arrendamiento, transferencia, herencia, alquiler y ocupación). Además, los derechos deben otorgarse por un período claro e, idealmente, prolongado.

  • La legalidad y la aplicación efectiva implican que los derechos igualitarios sobre la tierra deben estar reconocidos legalmente. Es decir, los derechos de las mujeres sobre la tierra deben estar garantizados por ley.

  • La participación requiere la inclusión de las mujeres en los órganos de formulación de políticas relacionadas con la tenencia y el uso de la tierra. Es decir, deben tener la facultad de decidir su presente y futuro junto con los órganos competentes.

  • La exigibilidad exige que los Estados garanten que las mujeres estén plenamente informadas sobre sus derechos sobre la tierra y tengan acceso a la justicia para hacer valer estos derechos sin discriminación.

Al garantir los derechos de las mujeres al acceso, uso y propiedad de la tierra, se crea un espacio para profundizar en las prácticas sostenibles en el sector, lo que contribuye al logro de los objetivos del Acuerdo de París y promueve la justicia climática.

Si las mujeres son responsables del 80 % de los alimentos producidos en los países del Sur Global, es fundamental que sean propietarias legales de sus tierras, lo que genera mejores oportunidades económicas, combate el hambre, apoya los esfuerzos para frenar la degradación del planeta y participa en iniciativas de regeneración.

Según la FAO, las mujeres son responsables del mantenimiento de numerosos recursos naturales, trabajan en armonía con la naturaleza y son guardianas de la biodiversidad, lo que contribuye a mitigar el cambio climático. Preservan los bosques y las zonas de pesca, además de poseer conocimientos ancestrales valiosos para sus comunidades y ecosistemas locales. Brindar a las mujeres más oportunidades para adquirir conocimientos y autonomía fortalecerá las prácticas agrícolas sostenibles. En otras palabras, unos sistemas alimentarios más justos implican inevitablemente la igualdad de género.

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